En fecha: 11-08-2017, la ciudadana: LISBETH ELIZABETH MOLINA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad nro.: V- 17.932.963, asistida en este acto, por el Abogado en Ejercicio: Luis Pérez, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 90.063; presentó solicitud de divorcio, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil Vigente en concordancia con las Sentencias N° 693 y 446 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, es decir, con ruptura prolongada de la vida en común por más de un (01) año. Admitida la solicitud en fecha: 19-09-2017, se ordenó la citación del accionado: ALBERTO PASTOR BRAVO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad nro.: V- 14.094.677 y la Notificación del Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público, con competencia en materia de familia. Para decidir, el tribunal, observa:
ÚNICO: Por cuanto los cónyuges están contestes en afirmar que han permanecidos s.....