Se dictó sentencia declarando CON LUGAR la solicitud de rectificación del acta de matrimonio de la ciudadana NELIDA PASTORA ESPOSITO PEREZ, acompañada en copia certificada a las actas que conforman el presente expediente. En consecuencia y de conformidad con lo establecido en los artículos 502 del Código Civil, 774 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, se ordena oficiar a las autoridades respectivas.-