Se negó la ejecución solicitada por la parte actora y se ordenó la suspensión de la ejecución en la presente causa hasta tanto los órganos competentes den cabal cumplimiento a la sentencia de fecha 15 de agosto de 2015, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en el expediente 15-084, con ponencia de la Magistrada Gladys Gutiérrez Alvarado, cuyo criterio acoge esta Juzgadora.-