Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE LA SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, interpuesta por el ciudadano ALEXANDER JOSE QUINTERO MELENDEZ, debidamente asistido por la Abogada Grisell Urdaneta Galindez, en contra del ciudadano ALBERTO JOSE QUINTERO, plenamente identificados en autos.
En consecuencia, SE DECLARA RECONOCIDO, con todos los efectos legales que ello implica, el documento privado de compra venta solo en lo que respecta a su contenido y firmas, cursante al folio 2 del presente asunto, suscrito en fecha 15 días del mes de febrero de 1998, entre el ciudadano ALEXANDER JOSE QUINTERO MELENDEZ, y el ciudadano ALBERTO JOSE QUINTERO, de conformidad con lo establecido.....