PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO de Local Comercial interpuesta por la ciudadana ANAIDA ISABEL VALERO CHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula N° V-5.300.567. Contra: la empresa Mercantil ACCESORIOS Y MATERIALES ITALICA C.A, representada por los abogados Jairo Garcia Mendez, Jesus Alberto Aranguren Paez, Amado Jose Carrillo Gomez y Karianny Giangregorio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 58.642, 249.000, 242.931 y 304.790, respectivamente.
SEGUNDO: Se ordena al demandado a desalojar y entregar debidamente desocupado de personas y cosas el local comercial signado con el numero 4-45 que se encuentra ubicado en la carrera 2 entre calles 4 y 5 de la Urbanización Nueva Segovia, parroquia Santa Rosa, del Municipio Iribarren, de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En las mismas buenas condiciones en que lo recibió.
TERCERO: Se condena a la parte demandada a pagar las costas y costos del presente juicio por haber resultado perdidosa, conforme.....