DECLARA: INADMISIBLE la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, intentada por el ciudadano: JOSE NICOMEDES CARVALLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-292.526 y de este domicilio, actuando en nombre propio y en calidad de apoderado de la ciudadana: ANA LUCELIA ORELLANA DE CARABALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.251.438, asistido por el Abogado en ejercicio LUIS MOGOLLON CASTILLO, inscrito en el I. P. S. A. bajo el N° 83.515.-
No hay condenatoria en costas vista la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, incluso en la página Web de este Despacho, Regístrese, y Déjese Copia Certificada. Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en el Edificio Nacional de la Ciudad de Barquisimeto, a los nueve (09) días del mes de Abril de dos mil dieciocho (09/04/201.....