Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por la competencia establecida en el Artículo 177 Literal "C" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños y Adolescente y a tenor de lo previsto en los artículos 4, 4- A, 7, 8, 358 y 359, primer aparte ejusdem, DECLARA CON LUGAR la demanda de Responsabilidad de Crianza (Custodia), interpuesta por el ciudadano ALFREDO ANTONIO GONZALEZ PRINCIPAL, en contra de la ciudadana DORIS DEUBELIS LOYO BAREÑO.