Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del estado Lara, de conformidad con el artículos 56, 75, 76 y 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 177 parágrafo primero literal "c", 8, 26 358, 359, 363 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Restitución de Responsabilidad de Crianza incoada por la ciudadana YERIKA PASTORA ALVAREZ LOPEZ, antes identificada, en contra del ciudadano YORAZI GREGORIO PIÑA GOMEZ, plenamente identificado en autos, en beneficio de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. En consecuencia, PRIMERO: La niña antes mencionada permanecerá viviendo con su madre ciudadana YERIKA PASTORA ALVAREZ LOPEZ, por cuant.....