En base a los fundamentos antes explanados este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA al adolescente JOHN POOLL CASTAÑO ANDRADE, de quince (15) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-27.479.677, para que viaje el día 23 de julio del 2013 hasta el día 30 de julio de 2013, por la línea aérea INSELAIR partiendo del aeropuerto Internacional de Barquisimeto Venezuela con destino Curacao y después a Santo Domingo y el día 30 de julio de 2013 desde Santo Domingo a Curacao y Curacao Barquisimeto, debidamente acompañado de su tío el ciudadano (Identidad omitida de conformidad con el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).