Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente al ciudadano JUAN CARLOS CARRILLO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.848.657, para poder cobrar, recibir y gestionar ante la Universidad Nacional Politécnica "Antonio José de Sucre" UNEXPO en beneficio a su hija, IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES* CARRILLO RODRIGUEZ.
Se le advierte al solicitante, a la Universidad Nacional Politécnica "Antonio José de Sucre" UNEXPO y a los organismos que competa, que los montos correspondientes a la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS,.....