Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente a la ciudadana MARLENY DEL CARMEN GIL GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.227.140 para ejecutar el cobro de los beneficios laborales, tales como prestaciones sociales, y demás beneficios económicos por motivo de la relación laboral, que le corresponden a la niña (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la LOPNNA), por cuanto su padre era trabajador de la empresa SERVICIOS MANCOMUNDOS BIENESTAR C.A.