Dispositiva
Este tribunal visto lo expuesto por las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 8, 27,358, 359, 470 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, procede en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, imparte su HOMOLOGACION al acuerdo parcial de Régimen de Convivencia Familiar Provisional mientras dure el procedimiento y se dicte la definitiva, efectuado en fecha 05 de Octubre de 2018, por los ciudadanos FRANCISCO JAVIER AGUILAR SEQUERA Y ALBA MARIA MUJICA ESCALONA, venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-28.356.831 y V-21.171.356, en beneficio de su hija, logrado en Fase de Sustanciación, por estar conforme a la Ley y no vulnerar derechos de la beneficiaria.