este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la solicitud de rectificación de partida de nacimiento, presentada por la Abg. YELITZA SOTO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 92.358, actuando en su condición de Apoderada Judicial de la ciudadana YOLENNI MERCEDES BRITO CHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.353.957