Vistos los recaudos acompañados a la solicitud, y las declaraciones de las testigos, ciudadanos JOSE YENEX RIVERO y LUIS MOISES ALVINO CANAVIRE, venezolanos mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nrs. V-11.434.252. y V- 13.535.642. ya identificados, quienes dieron fe y fueron contestes en conocer a la solicitante y los hechos narrados en la solicitud, en consecuencia este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Titulo Supletorio a favor de sus hijos Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sobre unas Bienhechurias asentada en un lote de terreno ejido, que mide aproximadamente DIEZ METROS (10mts), de frente por VEINTE METROS (20mts) de largo para un área total de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200 mts2), ubicado en los Pocitos, sector 3, manzana s, calle 12 entre carrera 6 y 7, Nº 11, de la Parroquia Juan de Villegas .....