DECISION:
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 8, 27, 30, 365, y 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de obligación de manutención y de régimen de convivencia familiar, efectuado en fecha 23 de mayo de 2012, por los ciudadanos LIGIA ELENA MARQUEZ Y JOSE DANIEL CABRERA MORALES, ya identificados, en beneficio de los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, logrado en audiencia en fase de ejecución, por estar conforme a la Ley y no vulnerar derechos de los beneficiarios.
Téngase el acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada del mismo a los interesados.