este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que contrajeron los ciudadanos MIRYENY MARSELLA ROJAS URBANO y NOLASCO RAFAEL ORTEGA REYES, ya identificados, ante la Jefatura Civil de la parroquia Concepción del Municipio Iribarren, Estado Lara, en fecha 22 de junio de 1988, bajo el Acta Nº 593, folio 231 Vto al 232 Fte, del libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese despacho durante el año 1988.