En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: SE DECLARA CULPABLE AL CIUDADANO ANDRES RAMON LINAREZ PEREZ, titular de la cedula de identidad (:..), , POR EL DELITO DE (:..), previsto y sancionado en el artículo 45, primer aparte de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en consecuencia, SE CONDENA A CUMPLIR LA PENA DE SEIS (06) AÑOS DE PRISION. SEGUNDO: En consecuencia se condena a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION y las accesorias de ley previstas en el artículo 66 numerales 2, relativa a la inhabilitación política,3) relativa a la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que está termine, la cual se.....