Primero: La APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano MANUEL ALEXANDER ROJAS PEREZ, titular de la Cédula de Identidad número 20.302.664, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 42 y 41de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana NAHELIS DEL CARMEN GUERE ROJAS, titular de la Cédula de Identidad número 22.938.162, en concordancia con el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Segundo: Se hace constar que en este acto de audiencia de presentación de imputado la Fiscalía del Ministerio Público realiza la IMPUTACIÓN al ciudadano MANUEL ALEXANDER ROJAS PEREZ, titular de la Cédula de Identidad número 20.302.664, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 42 y 41de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en p.....