En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Penal con Competencia en Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencias y Medidas N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: REVOCAR la medida de protección y seguridad dictada en fecha 12 de junio de 2015 por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del estado Lara y ratificada por este tribunal en audiencia de revisión de medida de protección y seguridad dictada en fecha 02 de octubre de 2015, consistente en ordenar al presunto agresor la salida de la residencia común, en consecuencia se AUTORIZA al ciudadano Jesús Crespo a establecer nuevamente como lugar de residencia el inmueble (........) Regístrese y Publíquese. Líbrense las comunicaciones correspondientes. Cúmplase.
LA JUEZA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS Nº 01
ABG. MILENA DEL CARMEN FRÉITEZ GUT.....