DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden este Tribunal de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer, en funciones de Control, Audiencia y Medidas número 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La ley, DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: La extinción de la acción penal a favor del ciudadano PABLO JOSÉ ACELMYS FUENTES, venezolano, con cédula de identidad número V.-6.351.455, residenciado en Residencias Lara Palace, Bloque 3, Apartamento 5-1, carrera 23 entre calles 52 y 54, Barquisimeto, Estado Lara. TERCERO: El cese de cualquier medida de protección y seguridad y/o cautelar que pudiera pesar sobre el ciudadano PABLO JOSÉ ACELMYS FUENTES, venezolano, con cédula de identidad número V.-6.351.455. Notifíquese a las partes a los fines que ejerza los recursos a.....