Con fundamento en lo precedentemente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Con lugar la demanda de Colocación Familiar presentada por la ciudadana Ana Sofía Álvarez de Crespo, ya identificada en contra de la ciudadana María Teresa Gómez Álvarez, ya identificada. En consecuencia, se otorga la Responsabilidad de Crianza del niño (omitido artículo 65 LOPNNA) a los ciudadanos Ana Sofía Álvarez de Crespo y Omar Rafael Crespo Aldana, titulares de las cédulas de identidad Nº 10.767.865 y 11.699.010 respectivamente, quienes serán los responsables de él ante las personas naturales y jurídicas, sean éstas privadas o públicas.
Notifíquesele a la Trabajadora Social, que de conformidad con la norma del artículo 401- B de la Ley Orgánica para la Protec.....