En consideración a todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: con lugar la demanda de Colocación Familiar presentada por la ciudadana Ada Josefina Rojas, ya identificada, en contra de la ciudadana Maria Elena Valera Delgado, ya identificada. En consecuencia se le otorga a la ciudadana Ada Josefina Rojas, la Responsabilidad de Crianza de la niña (OMITIDOARTICULO 65 LOPNNA) quien será la responsable de ella ante las personas naturales y jurídicas, sean estas privadas o públicas.