DECISION
En consideración con lo expuesto anteriormente este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y tomando en cuenta que el ofrecimiento realizado por el ciudadano Jim Rafael Crespo Castillo es beneficioso para la niña, declara: con lugar la solicitud presentada por el ciudadano Jim Rafael Crespo Castillo a favor de su hija y en consecuencia, acoge el ofrecimiento del monto de la Obligación de Manutención, por tanto, se fija el mismo en la cantidad de tres mil doscientos bolívares mensuales (Bs.3.200,oo), además de lo que necesite su hija. Se ordena librar boleta de notificación al ciudadano Jim Rafael Crespo Castillo, a los fines de informarle sobre esta decisión. Líbrese boleta.