En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, los recursos de apelación interpuestos por las apoderadas Judiciales de los ciudadanos: LILIANY JOSE OJEDA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 15.823.731 y ALVARO JOSE SIVIRA RAMOS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 13.035.653, en contra de los autos de fechas 07/12/2017, 15/012/2017 y 14/12/2017, dictados por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en los archivos del Tribunal, de conformidad con lo establecido en el a.....