En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por C. A. Energía Eléctrica de Barquisimeto (ENELBAR), parte demandada recurrente, contra la sentencia dictada en fecha 04 de diciembre de 2008, en el juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS, que sigue la ciudadana CARMEN MIREYA CASTILLO LOPEZ, en beneficio del niño (Nombre omitido Art. 64 LOPNNA) todos plenamente identificados. Remítase el presente expediente al Tribunal de origen.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal