Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara PERECIDO el recuso de apelación intentado por el abogado Filippo Tortorici Sambito, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 45.954, en contra de la decisión de fecha 16 de septiembre 2008 dictada por la Juez Unipersonal Nº 03 del Tribunal de Protecciòn del Niño y del Adolescente del estado Lara. En consecuencia, se confirma dicho fallo.