- IV - DECISIÓN
PRIMERO: Se DECLARA COMPETENTE POR LA MATERIA, para continuar con la tramitación del presente juicio en el estado en que se encontraba para el momento de su declinatoria por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción judicial del estado Lara.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de los demandados de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por Secretaria, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión. Publíquese y Regístrese.
En fecha trece (13) días del mes de abril del dos mil diez (2.010). Años 199º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza,
Abg. María Mascarell Santiago
La Secretaria,
Abg. Ninfa Hernández
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las once y treint.....