Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Temporal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la responsabilidad solidaria entre la ASOCIACIÓN DE ESGRIMA DEL ESTADO LARA y LA FUNDACIÓN PARA EL DEPORTE (FUNDELA) frente al actor, a tenor de lo previsto en el Artículo 94 Constitucional.
SEGUNDO: Se declaran CON LUGAR las pretensiones del actor, en los términos indicados en la parte motiva de esta decisión, los cuales deberán pagar solidariamente los codemandados, así como lo que determine la experticia complementaria del fallo.
TERCERO: Se condena en costas a los codemandados, por el vencimiento total.-