En mérito de los razonamientos de hecho y de Derecho, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Nulidad de Acto Administrativo, incoada por la ciudadana ANAIS PALENCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.103.461 en contra de la Providencia administrativa Nº 01637, de fecha 31 de junio de 2015, emanada de la Inspectoría del Trabajo del estado Lara sede "JOSÉ PIO TAMAYO", que declaró Con Lugar la calificación de falta interpuesta por la entidad de trabajo COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA C.A., en el expediente administrativo signado con el Nº 078-2014-01-02544.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, por verificar esta Juzgadora que existe una norma de orden público, la cual debe garantizarse sobre la c.....