Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: SE ORDENA a FUNDAESCOLAR, acatar y dar cumplimiento a la Providencia Administrativa Nº 00385, de fecha 07 de abril de 2011, emanada de la Inspectoría del Trabajo "Pío Tamayo", en el Estado Lara, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos de los ciudadanos NELLY JOSEFINA TORRES DE GÓMEZ, MARYNES DEL CARMEN VERTI ACOSTA, JUANA JOSEFA CHIRINOS, MARIA DE LOURDES JIMÉNEZ OROPEZA, JEAN CARLOS PALMERA SALAZAR y MARIBEL CASTILLO GALÍNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-4.662.479, V- 16.385.428, V- 3.535.451, V- 12.285.229, V-15.264.701 y V- 7.408.396, respectivamente.
SEGUNDO: SE ORDENA que.....