Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Con lugar la responsabilidad solidaria de las sociedades mercantiles (1) JJK ELECTRONICS DE VENEZUELA, C.A., (2) REPRESENTACIONES M H S 2000, C.A., (3) INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES CHAWAM, C.A., (4) CORPORACIÓN S.CH, C.A., (5) HERRERÍA DAVID, C.A; (6) CARPINTERÍA MARLU, C.A; y (7) INDUSTRIAS KHAWAN SIETE ESTRELLAS, C.A.,; con respecto a los derechos laborales de los actores, en los términos que se expresaron en la parte motiva de esta decisión, que se da aquí por reproducida.
SEGUNDO: Se declara parcialmente con lugar la demanda y se ordena a las sociedades mercantiles a pagar los conceptos y beneficios señalados en la parte motiva una vez que se declare firme la presente .....