Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Temporal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Plantear conflicto negativo de competencia con relación a la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: Se ordena remitir copia certificada de lo conducente a la Unidad de Alguacilazgo de esta Coordinación del Trabajo a fin de que remita las actuaciones a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) Civil y ésta distribuya la regulación de competencia entre los Juzgados Superiores del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, para que decidan el conflicto planteado.
TERCERO: No hay condenatoria en costas porq.....