Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: SE ORDENA a CONTRUCCIONES Y DISEÑOS AC, C.A., inscrita por ente el registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 22 de mayo del 2003, bajo el Nº 44, Tomo 15-A., acatar y dar cumplimiento a la Providencia Administrativa Nro. 250, de fecha 29 de mayo de 2008, dictada por la Inspectoría del Trabajo "Pedro Pascual Abarca" sede del Estado Lara, mediante la cual se declaró Con Lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano JEAN CARLOS CRESPO CANTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 18.949.951.
SEGUNDO: SE ORDENA que dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes se proceda a.....