En mérito de lo anteriormente expuesto, esta juzgadora en ejercicio de la función jurisdiccional conferida, con la finalidad de hacer efectiva una justicia accesible, imparcial, transparente, responsable, expedita, autónoma y equitativa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, declara
PRIMERO: Parcialmente con lugar el cobro de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano PEDRO JOSE ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.461.256 contra CARROCERIAS TENERIFE C.A.
SEGUNDO: No se condena en costas por el vencimiento parcial.-