PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión de nulidad contra la Providencia Administrativa Nro. 435, de fecha 10 de abril de 2014, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Lara sede Pedro Pascual Abarca, en el procedimiento administrativo Nro. 078-2013-01-01560, en el que se declaró CON LUGAR la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano EDWAR RODRÍGUEZ.
SEGUNDO: CON LUGAR la pretensión de nulidad del acto administrativo, correspondiente a la Providencia Administrativa Nro. 400, de fecha 06 de julio de 2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Lara sede Pedro Pascual Abarca, en el procedimiento administrativo Nro. 078-2015-01-01112, en el que se declaró CON LUGAR la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano EDWAR ISAEN RODRÍGUEZ MARCHAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 17.348.067, acumulada al presente asunto.
TERCERO: Se repone el procedimiento administrativo N° 0.....