Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Procedente la aclaratoria de la sentencia solicitada por la parte demandada, en los términos expresados anteriormente, por lo que se ordena la reimpresión de la decisión salvando los errores detectados.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por el vencimiento parcial.-