Por las razones expuestas, este Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley y el derecho conforme a la presunción de admisión de hechos y las pruebas que rielan en autos, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada por JUAN DEL CARMEN BARRIOS, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.763.333, contra AGROPECUARIA LAS SANTAS C.A.
SEGUNDO: Se condena a la demandada al pago de la cantidad de CIENTO CATORCE MIL ONCE CON OCHO CENTIMOS (BS. 114.011,8) por los siguientes conceptos:
1. Antigüedad Art. 108 LOT.................. Bs. 20.834,30
2. Intereses Art. 108 LOT ....... ........... Bs. 14.141,78
3. Días adicionales Art 108 LOT............Bs. 4.080,42
4. Utilidades Art. 174 LOT...... ....................... Bs. 4.904,20
5. Vacaciones vencidas y fraccionadas Art. 219 LOT .........Bs. 12.878,10
6. Bono vacacional vencido y fraccionad.....