Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: CON LUGAR LA IMPUGNACION del Informe Pericial presentado por la experta contable MARIA PATRICIA ZEPEDA, con fundamento en las consideraciones antes expuestas por no encontrarse ajustado a los límites del fallo y por tanto la demandada deberá pagar la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UN BOLIVARES CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 240.551,87).