En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento y le da carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada., se deja sin efecto el cartel de notificación que fue consignada por el alguacil del tribunal
SEGUNDO: Se ordena el archivo del mismo una vez que concluya los lapsos establecidos.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los quince (15) días del mes de Enero de 2024. Año: 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
LA JUEZ
ABG. HILMARI GARCIA PADILLA
LA SECRET.....