Este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, de fecha 03/04/2008 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, de fecha 03/04/2008, dictado por el mismo juzgado.
TERCERO: Se condena en Costas del Recurso a la parte demandada.
CUARTO: Se MODIFICA la sentencia recurrida.
QUINTO: Se ordena a la demandada que pague al demandante, las siguientes cantidades y conceptos: Utilidades, Bs. 1.766.679,oo ó BsF. 1766,67, Indemnización Especial de Antigüedad, Bs. 1.672.180,oo ó BsF 1672,18, Preaviso Bs. 963.702,47 ó BsF 963,70. Adicional a esto deberá pagar lo que resulte de la experticia .....