Este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión de fecha 17/10/2008 dictada por el Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se condena en Costas del Recurso a la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Se CONFIRMA en todas sus partes la decisión recurrida.