Con base en las razones antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la inhibición planteada por la Abg. Nathaly Alviárez, debidamente identificada en autos, todo en la acción de Amparo incoada por los ciudadanos Jesús Escobar, Jhonny Buitriago, y otros, contra KRAFT FOODS VENEZUELA C.A, en consecuencia deberá continuar con el conocimiento de la causa.SEGUNDO: Por cuanto, contra la presente decisión no se admite recurso alguno, conforme a lo pautado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena remitir el presente asunto con oficio al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Lara, anexándose igualmente copia certificada de la presente decisión.