Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de Regulación de Competencia ejercido por la parte demandada contra la decisión emanada del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, de fecha 28 de octubre de 2011.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida.