Este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte la codemandada Translegisa C.A, contra la decisión de fecha 21/05/2009, dictada por el Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se condena en Costas al recurrente, dadas las resultas del fallo.
TERCERO: Se CONFIRMA en todas sus partes la decisión recurrida, en consecuencia, las sociedades mercantiles Orama C.A y Translegisa C.A deberán pagar al actor las siguientes cantidades y conceptos: Antigüedad Bs.F 13.180,55, Indemnización Artículo 125 LOT BsF. 4.166,66, Utilidades BsF. 2.374,99, Vacaciones BsF. 3.307,33, Bono Vacacional BsF. 1.566,66, Bono de Alimentación BsF. 11.934,68. Más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo la .....