En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la parte accionante INDUSTRIAS VANDER-ROHE, C.A. contra el auto de fecha 19 de febrero de 2014, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción judicial.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la accionada, no hay condenatoria en costas.
TERCERO: Se CONFIRMA el auto recurrido.