Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha 19 de noviembre de 2008.
SEGUNDO: Se condena en Costas a la parte recurrente, por resultar vencida en el presente recurso.
TERCERO: Se CONFIRMA el auto apelado, con base a otra motivación.