Este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: ANULA la decisión de fecha 06/08/2007 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado de que el Juez de Juicio a quien corresponda fije nueva oportunidad para celebrar Audiencia de Juicio en la presente causa.
TERCERO: No hay condenatoria en Costas dadas las resultas del fallo.