En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la decisión de fecha 11/07/2011, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial.