Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de la parte demandada contra la decisión de fecha 11 de noviembre de 2016, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en la cual se declaró CON LUGAR las pretensiones de la parte actora, ciudadano WILIAN ALBINO DAZA.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida.
TERCERO: CON LUGAR la demanda.
CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada.