Verificado lo anterior, se observa que el Juez de la primera instancia invirtió la carga probatoria de tales conceptos pretendidos, inclinándola hacia la parte accionada, correspondiendo al actor, por tratarse de conceptos convencionales extralegales, debiendo demostrar la afirmación de sus dichos, conforme lo previsto en el Artículo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Así las cosas, no se desprende de autos, que el actor haya cumplido las condiciones para el otorgamiento de dichos beneficios, ya que debía presentar los documentos necesarios que demuestren ser acreedor de tales montos.
En autos sólo consta al folio 81, una constancia de estudio, pero la misma es insuficiente, ya que no existe en el expediente la prueba de filiación con quien se menciona; ni tampoco, que antes de iniciar el procedimiento administrativo hubiese disfrutado o exigido el cumplimiento de tales obligaciones.
En consecuencia, se declara con lugar la apelación respecto a este punto y se declara impr.....